
La inversión en criptomonedas ha experimentado un auge imparable en España en los últimos años. Cada vez más personas se animan a comprar, vender o intercambiar activos digitales como Bitcoin, Ethereum o cualquier otra altcoin, atraídas por la posibilidad de obtener grandes beneficios. Sin embargo, existe un aspecto fundamental que muchos pasan por alto: la fiscalidad. Hacienda no es ajena a este fenómeno y exige que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias respecto a las operaciones con criptomonedas. A continuación, te explico en detalle qué impuestos se pagan por invertir en criptomonedas, cómo y cuándo debes declarar tus ganancias y pérdidas, los modelos que hay que presentar, y los errores más frecuentes que debes evitar para no tener problemas con el fisco.
¿Tributan las criptomonedas en España?
Sí, las criptomonedas tributan en España como cualquier otro activo digital. Para la Agencia Tributaria, las criptomonedas son bienes inmateriales que pueden generar una ganancia o pérdida patrimonial cuando se venden, se intercambian, se donan o se utilizan para adquirir bienes o servicios1. No importa si tienes tus criptomonedas en un exchange nacional o extranjero, ni si las guardas en una wallet fría: lo relevante es la operación que realices y si esta genera una variación en tu patrimonio.
¿Cuándo se deben pagar impuestos por las criptomonedas?
Solo por poseer criptomonedas no tienes que pagar impuestos, pero sí cuando realizas alguna de las siguientes operaciones:
- Vender criptomonedas a cambio de euros u otra moneda fiduciaria.
- Intercambiar una criptomoneda por otra (por ejemplo, cambiar Bitcoin por Ethereum).
- Utilizar criptomonedas para comprar bienes o servicios.
- Recibir recompensas por staking, minería, airdrops o intereses en plataformas DeFi.
- Cobrar en criptomonedas por un trabajo o servicio.
En todos estos casos, puedes estar generando una ganancia o una pérdida patrimonial que debe ser declarada en tu declaración de la renta (IRPF)1.

¿Cómo se calcula la ganancia o pérdida patrimonial?
El cálculo es sencillo, aunque debes ser meticuloso con los datos. La fórmula es la siguiente:Ganancia/Peˊrdida=Valordeventa−Valordecompra−GastosasociadosGanancia/Peˊrdida=Valordeventa−Valordecompra−Gastosasociados
- Valor de venta: Es el importe que recibes al vender o intercambiar la criptomoneda.
- Valor de compra: Es el importe que pagaste al adquirir la criptomoneda, incluyendo comisiones.
- Gastos asociados: Comisiones del exchange, gastos de transferencia, etc.
Ejemplo práctico:
Imagina que compraste 0,1 BTC por 2.000 €. Pasados unos meses, vendes ese 0,1 BTC por 3.000 €. Tu ganancia sería de 1.000 €, a la que debes restar las comisiones pagadas en ambas operaciones1.
¿Qué tipos de impuestos afectan a las criptomonedas?
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la compraventa o intercambio de criptomonedas tributan en la base del ahorro del IRPF, igual que las acciones o los fondos de inversión. Los tramos para 2025 son los siguientes1:
Ganancia Neta | Tipo impositivo |
---|---|
Hasta 6.000 € | 19% |
6.000 € – 50.000 € | 21% |
50.000 € – 200.000 € | 23% |
Más de 200.000 € | 27% |
Ejemplo:
Si obtienes una ganancia de 2.000 € al vender criptomonedas, pagarás 380 € (19%).
Compensación de pérdidas
Si en un año tienes pérdidas en unas operaciones y ganancias en otras, puedes compensarlas y solo tributar por el saldo neto. Si el resultado es negativo, puedes compensarlo en los cuatro años siguientes, lo que te permite reducir la factura fiscal futura1.
Staking, minería y rendimientos
- Staking y DeFi: Los intereses o recompensas recibidas tributan como rendimientos del capital mobiliario, igual que los intereses de un depósito bancario.
- Minería: Si la minería es tu actividad habitual, tributa como actividad económica. Si es ocasional, como ganancia patrimonial1.
Impuesto sobre el Patrimonio
Si el valor total de tus criptomonedas y otros bienes supera los 700.000 € (excluyendo la vivienda habitual hasta 300.000 €), debes incluirlas en el Impuesto sobre el Patrimonio. Es importante no olvidar este punto, ya que Hacienda puede cruzar datos y detectar omisiones1.
¿Qué modelos y declaraciones hay que presentar?
Declaración de la Renta (IRPF)
Debes incluir las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de operaciones con criptomonedas en el apartado de “otras ganancias patrimoniales” de tu declaración de la renta. También deberás declarar los rendimientos obtenidos por staking, DeFi o minería1.
Modelo 720 y Modelo 721
- Modelo 720: Si tienes criptomonedas en exchanges extranjeros y el valor supera los 50.000 €, debes presentar este modelo para declarar bienes en el extranjero.
- Modelo 721: Desde 2024, existe el Modelo 721 específico para declarar criptomonedas en el extranjero, simplificando el proceso y adaptándolo a la nueva realidad digital1.
Modelo D-6
Este modelo es obligatorio para quienes tienen criptomonedas en exchanges fuera de España, aunque está en revisión y puede variar según la normativa vigente. Es recomendable estar atento a las novedades legales para no incurrir en errores1.
¿Cómo declarar los intercambios entre criptomonedas?
En España, cambiar una criptomoneda por otra (por ejemplo, BTC por ETH) se considera una permuta y genera una ganancia o pérdida patrimonial, aunque no conviertas las criptomonedas a euros. Debes calcular el valor de mercado de ambas criptomonedas en el momento del intercambio y reflejarlo en tu declaración1.
¿Qué documentación hay que conservar?
La Agencia Tributaria puede solicitar documentación justificativa de todas tus operaciones con criptomonedas. Por eso, es fundamental conservar durante al menos cinco años los siguientes documentos:
- Extractos de compra y venta de criptomonedas.
- Justificantes de transferencias bancarias.
- Resúmenes de operaciones del exchange.
- Comprobantes de comisiones y gastos.
No guardar estos documentos puede jugarte una mala pasada si Hacienda decide revisar tus declaraciones1.
Errores comunes que debes evitar
- Creer que Hacienda no se entera: Los exchanges ya colaboran con las autoridades fiscales y pueden facilitar información sobre tus operaciones.
- No declarar los intercambios entre criptomonedas: Todas las operaciones cuentan, no solo las ventas a euros.
- No conservar justificantes: Sin pruebas, Hacienda puede estimar tus ganancias y sancionarte.
- No consultar a un asesor especializado: La fiscalidad cripto cambia rápidamente y es fácil cometer errores si no estás bien informado1.
¿Qué pasa si no declaras tus criptomonedas?
No declarar correctamente tus operaciones con criptomonedas puede acarrear graves consecuencias:
- Sanciones económicas: Multas y recargos que pueden superar el 50% de la cantidad no declarada.
- Inspecciones y bloqueos: Hacienda puede reclamar información a los exchanges y bloquear cuentas si detecta irregularidades.
- Problemas legales: En casos graves, puede haber consecuencias penales, especialmente si se detecta ánimo de ocultación o fraude1.
Consejos para cumplir con la fiscalidad de las criptomonedas
- Lleva un registro detallado de todas tus operaciones y guarda los justificantes.
- Consulta la normativa vigente cada año, ya que la fiscalidad de las criptomonedas está en constante evolución.
- Si tienes dudas, acude a un asesor fiscal especializado en criptoactivos.
- No te fíes de los rumores o consejos de foros: la información oficial y profesional es la única que te protege frente a Hacienda.
Conclusión
Invertir en criptomonedas puede ser una excelente oportunidad para diversificar tu patrimonio y obtener beneficios, pero también implica asumir ciertas responsabilidades fiscales. Declarar correctamente tus operaciones, conservar la documentación y estar al tanto de las novedades legales es fundamental para evitar problemas con Hacienda y disfrutar de tus inversiones con tranquilidad. Recuerda que la transparencia y la prevención son tus mejores aliados en el mundo cripto. No te la juegues con el fisco: cumple con tus obligaciones y duerme tranquilo, que nunca se sabe cuando te puede tocar una inspección. ¡Más vale prevenir que curar!
Y recuerda, no hay excusa que valga ante Hacienda: si inviertes en criptomonedas, tarde o temprano tendrás que rendir cuentas. Mejor hacerlo bien desde el principio y evitarte disgustos innecesarios. ¡No seas de los que se arrepienten cuando ya es demasiado tarde!